*Hecho podría catalogarse como feminicidio, dice colectiva.
El miércoles por la noche una mujer fue arrollada por una unidad pesada, esto cuando el conductor de un tráiler circulaba por la arteria principal del fraccionamiento colinas de Altamira; se presume qué tras una discusión acalorada el conductor la aventó, esta cayó al pavimento y posteriormente al arrancar su unidad le pasó las llantas encima.
Los hechos se registraron alrededor de las 21:37 horas en la vialidad antes menciomada, ahí en medio del sector quedó tendido el cuerpo de la femina que respondía al nombre de Janeth «N» de 43 años de edad y quien vestia pantalón negro y blusa verde.
De acuerdo a información que se obtuvo tras una visita al lugar vecinos, aseguraron que la persona que atropelló a Janet realmente era su esposo, al parecer habían discutido y éste se percató de lo sucedido pues se bajó de la unidad y posteriormente dijo que regresaría; sin embargo, huyó dejando a su pareja sin vida.
De acuerdo a la información dada a conocer hasta el momento la pareja se encontraba a bordo de un tráiler color negro, estaban discutiendo fuertemente sin que se conozca más sobre los motivos que causaron esta horrible tragedia.
Pese a que la Cruz Roja llegó al punto nada pudieron hacer, pues la persona ya no contaba con signos vitales, por ello es que se prosiguió a llamar a las autoridades correspondientes para hacer el levantamiento del cuerpo.
Al lugar llegaron los veladores, elementos de la dirección de Tránsito y Vialidad de Altamira así como elementos de la Policía Estatal Acreditable y de Protección Civil, quienes actuaron para acordonar el área y tratar de alejar a todos aquellos curiosos que no daban crédito a lo ocurrido.
De acuerdo a la página del gobierno de México, la muerte violenta de las mujeres por razones de género tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio es la forma más extrema violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ella.
El Código Penal Federal se encuentra tipificado en el artículo 235 y establece comete el delito de feminicidio quién: privé de la vida una mujer por razones de género se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias, la víctima presenta signos de violencia sexual, se haya infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, existen antecedentes o datos de cualquier otro tipo de violencia en el ámbito familiar, haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental afectiva o de confianza.
Martha de la Cruz, feminista Mujer Manglar, detalló que dada la circunstancia, por el simple hecho de tener una relación sentimental es tipificado como feminicidio.