Xalapa, Ver. – El alcalde de Chicontepec, Pedro Adrián Martínez Estrada no podrá contender por la reelección en los comicios del año entrante, de acuerdo al resolutivo de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que, a su vez, avaló el acuerdo del Organismo Público Electoral de Veracruz (OPLEV).
Cabe recordar que Martínez Estrada había hecho una consulta al respecto sobre la posibilidad de ser reelecto para un periodo siguiente.
Ello en virtud de que la Constitución federal en su artículo 115, párrafo I expresamente señala que las constituciones de los Estados deberán establecer la elección consecutiva para el cargo de presidentes municipales, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años.
Por tal motivo, una posible reelección del alcalde de Chicontepec no aplica, pues él fue electo por un periodo de cuatro años, en términos del artículo 70 de la Constitución veracruzana.
Lo anterior confirma que fue correcta la decisión del TEV al determinar que existe imposibilidad jurídica de dicho alcalde para reelegirse en su cargo por un periodo adicional, conforme con las Constituciones federal y del Estado de Veracruz.